Acreditación de tercer idioma
Informamos a los futuros estudiantes de grado que de acuerdo con el artículo único de la Ley 1/2018, del 8 de mayo, de modificación del artículo 211 de la Ley 2/2014, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público.
Los estudiantes que inicien los estudios universitarios de grado en una universidad catalana el curso 2018-2019 y posteriores tienen que acreditar, al acabar los estudios, el conocimiento de una lengua extranjera de entre las establecidas en las pruebas para el acceso a la universidad (PAU), con un nivel equivalente al B2 del Marc europeo común de referencia para las lenguas (MECR) del Consejo de Europa.
La acreditación a qué hace referencia el apartado 1 se puede obtener por medio de los certificados acreditativos de conocimientos de idiomas que tengan reconocida la equivalencia con el Marc europeo común de referencia. El departamento competente en materia de universidades, por medio del Consejo Interuniversitario de Cataluña, tiene que velar por el desarrollo de este procedimiento
En consecuencia, la Universidad Ramon Llull pone en conocimiento de todos los alumnos que inicien estudios de grado a partir del curso académico 2018-2019 que, cuando finalicen sus estudios de grado a la Universidad Ramon Llull, tienen que haber acreditado documentalmente delante la Secretaría Académica el alcance del nivel B2 del MECR de una tercera lengua extranjera de entre las que se establecen al PAU, para poder proceder a la expedición del título correspondiente una vez superados todos los créditos de cada Plan de estudios, y en cumplimiento de la mencionada ley 1/2018."
Sin embargo, hay que tener en cuenta que el alcance de los niveles de inglés en los grados de la Facultad de Comunicación y Relaciones Internacionales Blanquerna sirve para certificar el requisito y para solicitar el título de graduado, y no hará falta aportar ninguna otra certificación de lengua.